TÍTULO SEGUNDO: DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO

CAPÍTULO XII - DE LOS EST͍MULOS

ARTÍCULO 142o.:

La Universidad estimulará el proceso de formación con reconocimientos y servicios de diversa índole que otorgará a sus estudiantes, de acuerdo con las disposiciones que se establecen a continuación. MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 27 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2013 OR MEDIO DEL CUAL SE CREA UN ESTÍMULO ACADÉMICO

ARTÍCULO 143o.:

Serán merecedores de reconocimiento los estudiantes que no tengan sanciones disciplinarias y sobresalgan por su rendimiento académico, de investigación, artístico, cultural, deportivo y de servicio a la comunidad.

ARTÍCULO 144o.:

La Universidad otorgará los siguientes reconocimientos: MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 18 DEL 17 DE JUNIO DE 2010 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL EN MATERIA DE EST͍MULOS

  1. Representación de la Universidad en actividades nacionales e internacionales.
  2. Matrícula de Honor.
  3. Premios de Investigación.
  4. Exoneración de pagos de derechos de matrícula.
  5. Exaltación de méritos.
  6. Autorización para sobrepasar el número máximo de créditos académicos permitidos.
Teléfono: Contacto: @utp.edu.co
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