"La regeneración y el problema de las
comunidades indígenas"
Carlos Ramiro Bravo Molina
En
este ensayo se abordan tres aspectos
centrales:
- La
moral cristiano-católica y el clero como
eslabones del espíritu de integración
nacional.
- Sergio Arboleda ideólogo del régimen
concordatorio y del Convenio de Misiones.
- La política de misiones religiosas
prolongación de la Iglesia
Colonizadora en Colombia.
Se intenta
desarrollar cómo la iglesia católica, la
religión y el clero regular o secular fueron
en el tiempo largo de la sociedad colonial y
en la etapa regeneracionista, factores de
integración de las comunidades
indígenas al régimen político-social de la
época. En esta dimensión los ideólogos de
la República que nace de la Constitución de
1886, resolvieron parcialmente el antagonismo
entre Estado Civil y Estado Religioso,
depositando en la Iglesia Católica el
trabajo de integración ideo-cultural de las
culturas nativas marginales de los llamados
Territorios Nacionales. El
positivismo incipiente del Estado, se apoya
en el proteccionismo clerical
colonial so pretexto de dar salida al
conflicto iglesia-estado de la segunda mitad
del Siglo XIX y a la necesidad de integrar
espacios regionales-culturales, pero no a
través del avance las relaciones de orden
económico del naciente capitalismo, sino a
través de las simbologías religiosas y del
conflicto y las rupturas etno-culturales de
los pueblos nativos.
1.
La moral cristiana-catolica: El clero;
eslabones de la integración colonial y del
espiritu nacional
No se
pretende en esta parte desarrollar un
capítulo acerca de la Historia de la iglesia
en Colombia, sino plantear cómo la religión
y el clero en su forma regular o secular
aparecen en el tiempo largo de nuestra
Historia como factores fundamentales de
integración de la sociedad o
poblaciones y de territorios, y como tales
fueron asumidos por el Estado Colonial y el
Naciente Estado Nacional, excepto un tiempo
corto del siglo XIX en el tramo que va de
1850 a 1880. En el curso de los grandes
momentos de la historia de la Iglesia y el
movimiento social, ésta ha dado enfoques
diversos a su práctica religiosa como
componente ideopolítico de la estructura
social.
En el Censo
de las relaciones Iglesia-Estado Civil se
distinguen las siguientes fases:
Fase
Iglesia y Estado Colonial Hispano que se
va de la Conquista hasta tiempos de
Independencia; en el curso de tres siglos
es indiscutible cómo la iglesia es el
brazo derecho del avance conquistador de
pueblos indígenas.
La parroquia
de pueblos y la capilla de aldea se eleva
como el punto focal inte-grador de almas para
la iglesia y los encomenderos coloniales.
En ese
entonces nos encontramos frente a un modelo
de iglesia colonizadora, catequizadora y
sacramentalista que reproduce y refuerza un
sistema socio-económico hacendatario
esclavista encomendil. La Iglesia como
institución se construye como el pilar
fundamental del orden colonial a la vez que
amparada en el proteccionismo colonial se va
consolidando como un estado dentro de un
Estado. En el juego de las relaciones
ideo-políticas es una institución integrada
por un clero de origen noble
depurado de toda mancha del mestizaje racial,
es etnocéntrico y teocéntrico por su
composición de raza y origen de clase y por
su cosmovisión estática que se identifica a
formas de trabajo y organización social
propias de una sociedad agraria
precapitalista.
Fase de la
Independencia al período radical (1810
1853). En el surgir de la
independencia y la post-independencia nos
encontramos frente a la crisis de la iglesia
de corte español-colonizadora y una
corriente de religiones patriotas precursores
de la iglesia nacional. A nivel de la
relación iglesia-poder público se dan dos
enfoques:
El enfoque
se ve en la Iglesia y la religión una
institución y un sistema de creencias de
gran valor social, de orden espiritual pero
no por ello el cuerpo nacional tiene o debe
prescribir una profesión religiosa en una
constitución política. Bolívar es el
representante de este enfoque hasta 1828,
cuando rectifica su primitiva postura en el
decreto orgánico de la Dictadura que
establece la protección de la iglesia como
una función del Estado Civil y la religión
católica como la religión de los
colombianos. Este modelo de Estado-Iglesia se
interrumpe en 1853 para reanudarse en 1886
con la Regeneración.
Bolívar
antes de 1828 considera que
el
pueblo de Colombia no se halla preparado
todavía para ningún cambio en materia
de religión. Los sacerdotes tienen
grande influencia en las gentes
ignorantes. La libertad religiosa debe
ser consecuencia de las instituciones
liberales y de un sistema de educación
superior (1).
Ve
en la jerarquía eclesiástica los
aliados de la patria... postores dignos
de la iglesia y dignos de la
república... los vínculos sagrados con
el cielo y con la tierra.
En 1826,
explica a los legisladores por qué la
Constitución no debe proscribir un culto
religioso; expresándose en los siguientes
términos:
Legisladores
Haré mención de un artículo que según
mi conciencia, he debido omitir: en una
Constitución política no debe
prescribirse una profesión religiosa;
porque según las mejores doctrinas sobre
las leyes fundamentales, estas son las
garantías de los derechos políticos y
civiles; y como la religión no toca
ninguno de estos derechos ella es de
naturaleza indefinible en el orden social
y pertenece a la moral intelectual. La
religión gobierna al hombre en la casa,
en el gabinete dentro de si mismo, sólo
ella tiene derecho de examinar su
conciencia interna...
La
religión es la ley de la conciencia.
Toda ley sobre ella la anula porque,
imponiendo la necesidad al deber quita el
mérito a la fé, que es la base de la
religión. Los preceptos y los dogmas
sagrados son útiles, luminosos y de
evidencia metafísica; todos debemos
proveerla más este deber es moral, no
político.
Dios
y sus ministros son las autoridades de la
religión que obra por medios y órganos
exclusivamente espirituales, pero de
ningún modo el CUERPO NACIONAL que
dirige el poder público a objetos
puramente temporales (2) .
| Desde el
punto de vista moral, nuestra
nación en su origen no se
alimenta de las sectas
protestantes, sino de creencias
católicas heredadas de la
colonia e institu-cionalizadas a
partir de 1887(...) |
Sin embargo,
la posición de Bolívar, quien se halla por
fuera del escenario político de la Nueva
Granada, no es la que pesa en el curso de los
acontecimientos. En 1824, el Congreso de la
República, con Francisco de Paula Santander
a la cabeza incorpora la herencia Colonial de
Patronato Regio de la legislación Indiana de
1680, como el modelo político jurídico
religioso de la República. La ley de
l28 de Julio de 1824, determina:
La
continuación en el ejercicio del Derecho
de Patronato y los Reyes de España
tuvieron en las iglesias metropolitanas,
catedrales y parroquiales de esta parte
de América
(Art. 1)
Es
un deber de la República de Colombia y
su gobierno sostener este derecho y
reclamar de la Silla Apostólica que en
nada varíe ni innove; y el poder
ejecutivo, bajo este principio celebrará
con su santidad un Concordato que asegure
para siempre irrevocablemente esta
prerrogativa de la República y evite en
adelante quejas y reclamos (Art.
2).
A pesar de
que la independencia de la Nueva Granada, fue
reconocida el 26 de Noviembre de 1835 (doce
años después de los Estados Unidos) por su
Santidad Gregorio XVI. El Congreso además de
la ley del 28 de Julio, legisla el 30 de
Julio la primera ley de la República sobre
misiones en comunidades y territorios
indígenas de fronteras o países
limítrofes, que en 1887 serían llamados
territorios de misiones o territorios
Nacionales.
Se observa
en materia Constitucional gran semejanza o
por qué no decir continuidad en los primeros
tiempos de la vida independiente de 1810
1830 y la etapa de la Regeneración de
finales del siglo XIX; sería forzar
demasiado la analogía entre Santander y
Nuñez?
Ambos
modelos adoptaron el modelo Nación
Iglesia con la variación del patronazgo, que
permanentemente el Vaticano se resistió a
reconocer a la Nueva Granada.
Ambos
gobierno legislan en materia de misiones
indígenas. Con Nuñez alcanzan el anhelo
Concordato que Santander quiso llegar en
1824.
Ambos
gobiernos ven en la religión católica la
cosmovisión civilizadora e integradora, así
mismos conciben como función del Estado
Civil la protección y propagación de la fe
de Jesucristo.
Ambos
gobiernos depositan en las misiones
católicas la función de reducción y
modernización de los sistemas de la vida de
las tribus indígenas que se hallan
diseminadas en el territorio.
La ley en
los artículos 1, 8, y 21 decreta:
Se
establecen misiones para que se propaguen
la religión de Jesucristo y los
principios de la vida civil en los
países limítrofes de los territorios de
Colombia habitadas por las tribus
conocidas con los nombres de Guajitos,
Cunas, Caroníes, Andaquíes, Mosquitos,
Guaraunos, Marañones y otros continentes
de estos. (Art.1).
Será
misión de los misioneros instruir a los
indígenas, no solamente en el catecismo
eclesiástico, sino también en los
principios políticos conforme con la
constitución y leyes de Colombia usando
de los medios suaves que persuadan la
política, y la lenidad evangélica, y
excluyéndolos de arbitrariedad y de
violencia (Art. 2)
Los
misioneros y los socios propendan a la
instrucción del idioma castellano entre
los indígenas. (Art. 21)
La unidad
del idioma, creencia religiosa y de cultura
en términos generales en ambos periodos es
vista como un componente y una necesidad en
el proceso de integración
aculturizadora o endoculturizadora de las
minorías indígenas y de los demás
componentes sociales de la nación.
Arbitrariamente
he saltado una de las etapas de las
relaciones entre la Iglesia y el Estado que
corren en el curso de los años 1853 a 1886,
en tanto implica una ruptura entre los dos
estados a la vez que una de las etapas de
mayor confrontación político-ideológica en
la que se debate el desenlace de los juegos
de poder oligárquicos por el poder
político; en materia indigenista es una de
las épocas difíciles que amenaza
agresivamente con el derecho primario a la
tierra de las comunidades de resguardos. El
avance de las fronteras de las haciendas
agrocomerciales y de los latifundios coloca
en entredicho los pueblos nativos.
Las medidas
radicales antirresguardos son la continuidad
de la ley 6 de mayo de 1832, que da pie a la
repartición de resguardos, que la ley 5 de
julio de 1820 había restituido (admon. De
Bolívar).
Volviendo a
la analogía inicial entre los primeros
tiempos de la república y la regeneración,
tenemos que como efecto del concordato se
llega al convenio sobre misiones entre la
Santa Sede y el gobierno del Colombia
suscrito el 27 de diciembre de 1902 entre
Antonio Vico Arzobispo de Filippi delegado
del Papa León XIII y Felipe F. Paúl
Ministro de Relaciones Exteriores.
A diferencia
de 1824 en donde las misiones se sostienen
económicamente con los fondos de vacante
mayores y menores, los diezmos y la octava
parte de enajenación de tierras baldías;
para 1902, el estado aportará $25.000
anuales asignados a misiones y que en 1908 se
modifica en $82.000 y en 1953 además de
aportar $30.000 a los 11 vicariatos se dan
$36.000 destinados a suplir las necesidades
extraordinarias de las misiones.
Desde el
punto de vista moral, nuestra nación en su
origen no se alimenta de las sectas
protestantes, sino de creencias católicas
heredadas de la colonia e
institu-cionalizadas a partir de 1887 con el
concordato entre la Santa Sede y el estado
colombiano por el cual,
La religión
católica, apostólica, romana, es la de
Colombia. (Art. 1)
La iglesia
católica conservará su plena libertad e
independencia de la potestad civil (Art. 2)
En las
universidades y en los colegios, en las
escuelas y en los demás centros de
enseñanza, la educación e instrucción
pública se organizara y dirigirá en
conformidad con los dogmas, y la moral de la
religión católica (Art. 12 14).
Se entroniza
el matrimonio católico como unidad de la
familia y soporte de la nación (Art. 17).
Se reconocen
las deudas económicas e indemnizaciones a la
iglesia causadas en los tiempos de
separación entre el estado y la iglesia
(Art. 22)
Se asume el
fomento de las misiones católicas
tribus bárbaras (Art. 31)
Por efectos
del modelo Estado- Iglesia consagrados en el
espíritu de la ley 35 de 1888 y del convenio
de misiones de 1902, la naciente nación
tendrá una doble división
política-administrativa territorial: la
civil y la eclesiástica.
| Hoy día
después de un siglo de la
Constitución de 1886 la tarea
religiosa es un monopolio: compartido
por misioneros católicos y
protestantes. |
Así mismo
se puede hablar de la existencia de dos
grandes paises: El País utópicamente
integrado civilizado de las subregiones
andinas que hablan el castellano, creen en la
moral católica, con una estructura básica
familiar monogámica, organizadas en
economías familiares campesinas con una red
incipiente del mercado local, diferenciadas
por ligeros acentos regionales en el habla,
los alimentos y el folclore; tradicionalmente
por inercia liberales o conservadores y
políticamente enganchados al naciente Estado
y feudos políticas a través de gamonales de
verba y caciques de pueblo contra puesto y
localizado en vastísimas comarcas
montañosas y selváticas del oriente, la
Amazonía y del Pacifico de territorio
Colombiano se encuentra ese gran país de la
barbarie, el salvajismo, que es urgente
gobernar y civilizar. Es el país de amplias
e incontrolables fronteras, habitado por un
gran número de comunidades y grupos étnicos
sobre los cuales no recayó plenamente el
peso de la colonización o de los que
tradicionalmente estuvieron adscritos a la
parroquia de resguardos y que es conveniente
proseguir la labor evangelizadora en esas
comunidades. Es el país de los Tunebos,
Salivas, Cuibas, Guaibos del Vicariato
apostólico del Casanera; los Coaiqueres,
Cholos, Emberas, del Vicariato de Tumaco; los
Coreguges y Huitotos del Vicariato de
Florencia; los Kansá, Inganos, Sionas,
Kofanes del Vicariato de Sibundoy; los Cholos
y Cunas del Vicariato de Quibdó e Istmina;
los Guajiros y Malayos del Vicariato de
Rioacha; los Paez de Tierradentro, los Makú,
Puinabes, Tucano, Cubeos, Borazanas y
Huitotos del Mitú y Leticia; los Cholos de
Guapi; los Motilones y los Bari de la Sierra
de los Motilones.
Estas
regiones hacen parte del país de las grandes
diferencias étnicas, lingüística y
cultural. Es el país de los contrastes y de
las economías comunitarias precolombinas que
se requiere unificar a través del
castellano, el evangelio y la autoridad que
encarna el misionero, la escuela y el
seminario de misiones. Un País con grandes
recursos potenciales de orden natural y
humano que se proyecta civilizar a través de
la ideología y las forma de conciencia moral
endoculturales y tecnologías que rayan con
el nivel tecnológico de las mismas
comunidades. Cuantos conflictos se dieron y
se seguirán desarrollando entre las
comunidades indígenas y los grupos
misioneros por unas inadecuadas políticas y
estrategias de civilización
agenciadas y compartidas por la iglesia y el
naciente Estado-Nación.
Los
convenios de misiones de 1824 y 1902, se
refuerzan en 1928 y 1958, ligeramente se
modifica en 1975. Hoy día después de un
siglo de la Constitución de 1886 la tarea
religiosa es un monopolio: compartido por
misioneros católicos y protestantes.
Analizando
el modelo conductor que guía y define las
directrices de la naciente nación con
relación a los procesos de integración de
los pueblos indígenas no
civilizados hay que admitir que es un
modelo de EstadoIglesia, ordenador,
racionalizador, ejecutor absolutizante de las
partes, en el cual la autonomía y la
diversidad de los pueblos se violenta en aras
de crear el todo homogéneo concreto que es
la anhelada nación.
2.
Sergio Arboleda, ideólogo del régimen
concordatorio y del convenio de misiones
En el
transcurrir de la historia del siglo XIX, y
en especial en el tramo de la crisis del
radicalismo y el ascenso regeneracionista, la
figura del Sergio Arboleda se destaca no
solamente por su prominencia económica, sino
por la sistematización de su pensamiento
políticoreligiosos. Por qué no decir
que es la figura clave del partido
conservador e ideólogo del anteproyecto
constitucional presentado por Rafael Reyes en
1886, a pesar de haber tenido asiento en el
Consejo de Delegatorios, según José Enrique
Arboleda Valencia, se debió a discrepancias
con Nuñez, quien mañosamente impidió que
fuera elegido, ya que no compartía las tesis
sobre descentralización (3) .
Los
planteamientos políticos enfatizan la
trascendencia de la religión y la necesidad
de hacer parte fundamental en la
Constitución de la nación, para él la
religión ha sido en todas partes el primer
elemento civilizador; ella visitando los
pueblos caídos en el estado salvaje, los ha
sacado nuevamente a la vida civil y
política. La religión, dando creencias a
los individuos los moraliza, dirige y modera
sus instintos; constituye la familia y
establece los usos y costumbres (4) .
El
sentimiento religioso es, pues el gran
principio civilizador, y la civilización
religiosa es la única que se
generaliza (5) ...
Anulado el
poder religioso, no queda más remedio de
gobernar que la fuerza, y no hay otro
régimen posible que el de la opresión y la
tiranía(6) . El desprecio por la religión
es llevar la anarquía y el aniquilamiento
social.
La
independencia de los poderes civil y
religioso, es vista como la primera garantía
de la organización política y el religioso
que ha de obrar sobre todos, sin
participar de ninguno, debe ser el más
independiente (7) .
El optar
oficialmente por la verdadera
religión es la necesaria alternativa
del progreso de la República.
Como
ideólogo y representante del partido
Conservador en su proyecto aspira a la
creación de una
República
representativa fundada en la justicia
regida por la moral de la Santa religión
católica quede todas las
religiones, la cristiana católica, a
más de ser la que enseña moral más
pura, es también aquella cuya
Constitución externa asegura mejor la
independencia de los poderes religioso y
político (8) .
En el
siguiente planteamiento acerca del régimen
Municipal y Social en donde se encuentra el
argumento central que da pie al artículo 31
de la ley 35 de 1888 y el Convenio de
Misiones de 1902:
No
todas las secciones de una nación pueden
gozar de igual suma de libertad
municipal; esta debe ser proporcional al
grado de civilización. Pueblos
atrasados, que habiten un escaso número
territorios externos y que hayan decaído
hasta la vida salvaje, deben ser
sometidos de preferencia, a un régimen
teocrático, a los sacerdotes o
misioneros, toca ejercer en ellos el
principal poder, y las autoridades
políticas y civiles y reducirse a darles
protección y a impedir los abusos que
pudieran cometer (9) .
Este
planteamiento es coherente en la concepción
colonizadora de la religión que es portador
Sergio Arboleda, para quien el clero
puede salvarnos y nadie puede salvarnos sino
el clero.
Para
Arboleda la religión católica es la fuerza
capaz de integrar, imprimir el progreso
material y espiritual y los misioneros son el
medio para sacar del salvajismos los pueblos
que en su concepción se han degradado. La
teoría de la degradación humana y la
redención y perfección a través de la
religión tiene en Arboleda uno de sus más
brillantes defensores de la intelectualidad
criolla oligárquica. En este punto coincide
con Rafael Nuñez, quien sustenta que
la historia del hombre es la historia
del crecimiento del sentido moral y la
educación profundamente cristiana
subsana los males sufridos por la
sociedad... convirtiendo este punto en
el objetivo primordial de sus esfuerzos
constitucionales.
Si la
política se encuentra unida al problema
económico, no es menos cierto que el motor
de las evoluciones sociales viene a ser el
supremo autor de lo creado. (10)
La
influencia de Sergio Arboleda (Gabriel de
Soroa Amagrama de S.A.) es de tal magnitud
que logra que el partido Conservador asuma
como uno de sus puntos del programa en 1879;
el reconocimiento a la religión católica
como la única y verdadera, la seguridad y
libertad de la iglesia y sus ministros, la
defensa de su propiedad, el restablecimiento
de relaciones entre el Estado y la Santa Sede
y el apoyo a la educación religiosa (11) .
La
concepción del progreso moral de los
pueblos salvajes y de la religión como
el motor de civilización, encuentra su
máxima expresión en la racionalización
y codificación de la ley 89 de 1890, por
la cual se determina la manera como deben ser
gobernados los salvajes que vayan
reduciéndose a la vida civilizada, por medio
de misiones. Gobierno e Iglesia a
través de los convenios misionales de 1902 y
posteriores hasta 1975 determinan la manera
de administrar el gobierno, la educación, el
régimen de tierras, cabildo y resguardos,
las formas de vida de las minorías
indígenas.
La ley 89 de
1980, en su génesis histórico jurídica es
de origen Colonial remontándose al siglo
XVILL, y reivindicada por Simón Bolívar en
1824. En el conjunto de las disposiciones
oficiales indigenistas del siglo XIX y en
particular de la Regeneración, es importante
destacar que en transcurso de la vida de las
comunidades indígenas la ley 89 de 1890, a
pesar de su concepción etnocéntrica, se ha
convertido por la práctica política y la
lucha indígena en el instrumento jurídico
más importante en el quehacer reivindicativo
en tanto reconoce el derecho a la
posesión y recuperación de la tierra de
resguardos en caso de que hayan sido
desposeídos de estas de una manera violenta
o dolosa.
| La
concepción del progreso moral de
los pueblos salvajes y de
la religión como el motor de
civilización, encuentra su máxima
expresión en la
racionalización y
codificación de la ley 89 de 1890 |
A pesar de
los intentos de modificación de la ley en el
curso del siglo XX, esta sigue en pie en
tanto el proceso de identificación de los
grupos indígenas avanza cuantitativa y
cualitativamente al interior de la nación
Colombiana, defendiendo, justificando el
derecho primario por la tierra y respeto por
la cultura de los pueblos nativos.
3.
La política de misiones religiosas en
comunidades indiígenas de Colombia
En el
capítulo anterior se contemplaron algunos de
los elementos ideo-políticos que sirven de
soporte a la codificación de las relaciones
Estado-Iglesia.
A
continuación se presentan a manera de
introducción algunos aspectos que tienen que
ver con el desenlace del que hacer misionero
católico a comienzos del siglo XX.
La actividad
misionera que arranca en 1893 en Colombia con
la creación del Vicariato de la casa de los
Padres Agustinos Recoletos y se prolonga
hasta nuestros días en forma incrementada,
modificada y ampliada, en la meta fijada
tanto por Estado y la Iglesia por sus
componentes religiosos se puede calificar de
segunda categoría en el sentido de las
divisiones jerarquizantes y elitistas que la
iglesia hizo del clero al dividirlo en
Secular y Regular, dejando estos últimos la
empresa de prolongación evangelizadora en
territorios indígenas; mientras el clero
Secular, es una actividad propia de centros
urbanos y municipalidades representantes del
mundo civilizado es decir cristianizado.
El quehacer
misionero en territorios de misiones es
colonizador tanto por su acometido, como por
el enfoque y la práctica que se caracteriza
por ser una religión sacramentalista,
doméstica y deformadora de cultura. Este
enfoque viene sufriendo ligeras variaciones y
sobre todo a partir del encuentro de Barbados
en 1971, Medellín y Puebla es objeto de
cuestionamiento y replanteamiento, al
interior de las jerarquías eclesiásticas.
Volviendo a la historia de las misiones en
los albores del siglo se observa:
1. La
actividad misionera de 1893 a 1911 estuvo a
cargo de los Padres Agustinos Recoletos
Redentoristas, Capuchinos, Clarentinos y
Javerianos. En el curso de estos años
lentamente se configuran los Vicariatos de
Casanare, Sibundoy, Quibdó, Arauca, con una
extensión total de 114.832.
2. La
penetración de las misiones es un proceso
difícil y sujeto a resistencia de los grupos
a ser nucleados y catequizados.
3. A partir
de 1924 las misiones Vicentinas y Carmelitas
incursionan en Tierradentro y Tumaco.
4. La
presencia de los misioneros conlleva cambios
en los tipos de asentamientos de los grupos,
así en el ámbito de la cultura y la ruptura
de los vínculos comunitarios.
5. Con el
avance misionero, se abre camino al
ensanchamiento colonizador de gentes no
indígenas, aflorando los conflictos
interétnicos y la lucha por la tierra de
resguardos y territorios
baldíos.
Este
problema se agrava con la presencia de
compañías extranjeras como la Rubber
Corporatión que organizó la cauchería
durante el período de la Segunda Guerra
Mundial, construyó el aeropuerto de
Miraflores y una primera pista en Mitú en la
primera oleada cauchera de 1910 12,
además introdujo nuevos valores de uso
económico en los grupos. La tienda de raya
ya sea misionera o de las factorías,
significó la presencia de una nueva
mentalidad económica en el sistema indígena
comercial simple.
6. Hasta los
años cincuenta la presencia del Estado a
través de las misiones en difusa, aún es
impotente para afirmar fronteras nacionales.
Tanto el
estado y las Misiones son débiles
espectadores de la agresión capitalista
extranjera.
7. En
sentido estricto, el proceso misionero es de
conflicto, enfrentamientos, recomo-daciones,
fusiones entre las políticas misioneras y
las sociedades indígenas. En los años 50 se
crearon los Vicariatos de San Jorge,
Florencia, Subundoy, Quibdó, Itsmina,
Buenaventura, Río Hacha, San Andrés y
Providencia las prefecturas. Mitú, Leticia,
Guapi, Vichada. La tarea se proyecta a cargo
Cupuchino Laverianos, Consolatas,
Montfo-tinos y Salesianos (1963).
8. El
proceso colonizador misional es objeto de
revisión en 1975, pero desde los sesenta se
ha reforzado por medio de misioneros
protestantes.
9. Otro
gasto de la estructura misional es la
prolongada permanencia de los misioneros que
supera los 15, 20 y 30 años. Por ejemplo el
Padre Clarentino Pinto de Manizales
permaneció entre los Katios 30 años. El
Padre Capuchino Fidel de Montclor permaneció
entre los indígenas del Caquetá de
19051930, Santos Ballesteros Agustino
Recoleto, perma-neció en Casanare de
19071933. Micario Balisa, recoleto de
19411965, El Padre José Bruls
Monfortiano con los Guahibos, Saliba,
Guayaberos... de 1927 1947.
10. La
misión regular masculina se complementa con
el trabajo misionero femenino, operan en el
momento 25 comunidades, de los cuales se
destaca la comunidad de la Madre Laura;
fundada por Laura Montoya Upegui.
Después de
un siglo de la etapa Regene-racionista, se
han experimentado cambios muy notables en
materia de indigenismo, siendo las mismas
comunidades indígenas a través de sus
organizaciones, las fuerzas sociales que han
imprimido nuevos contenidos en materia
legislativa a nivel de decretos y de leyes,
tendientes a la recuperación de tierras de
resguardos, defensa de la lengua, la cultura,
y la educación. Por primera vez, en la
constitución de 1991, se reconoce el derecho
a la autonomía cultural y lingüística de
las culturas nativas. Este aspecto es de gran
importancia y significa un avance en el campo
Constitucional.