RESOLUCION No. 007

(3 de Julio de 2019)

Por la cual se convoca a Asamblea General Extraordinaria Urgente de Asociados de FASUT.

Por la cual se convoca a Asamblea General Extraordinaria Urgente de FASUT. La Junta Directiva de FASUT, en uso de sus atribuciones legales y en especial la que le confiere los artículos 99, 103 y 104 de los Estatutos vigentes y,

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad con el artículo 104 del Estatuto vigente, corresponde a la Junta Directiva convocar a los asociados hábiles a Asamblea General Extraordinaria Urgente de Asociados, con el propósito de informar sobre los recursos retenidos año 2019 por SINTRAUNICOL PEREIRA.
  1. Que en reuniones extraordinarias de Junta Directiva realizada el 3 y 12 de Julio de 2019, según Acta No.349 y Acta 350, se aprobó convocar a Asamblea General Extraordinaria Urgente de Asociados.

RESUELVE:

ARTICULO 1º CONVOCATORIA: De conformidad con el artículo 104 Estatuto vigente corresponde a la Junta Directiva convocar a Asamblea General Extraordinaria Urgente de Asociados con el propósito de informar sobre los recursos retenidos año 2019 por SINTRAUNICOL PEREIRA con destino FASUT.

Que en reuniones extraordinarias de la Junta Directiva realizadas el 3 y 12 de Julio de 2019, según Acta No.349 y Acta 350, se aprobó en cada una de ellas convocar a Asamblea General Extraordinaria Urgente de Asociados para el día Lunes 15 de Julio de 2019, a partir de las 4:00 p.m. hasta las 6:00 p.m. en el  Salón 15 CS 108 Bloque L (Universidad Tecnológica de Pereira)

ARTICULO 2º.- ASOCIADOS HABILES: Son asociados hábiles aquellos inscritos en el registro social de FASUT, quienes al día 3 de Julio de 2019, no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones para con FASUT.

ARTICULO 3º ORDEN DEL DIA: El orden del día a proponer a la ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA URGENTE de Asociados, con el siguiente:

  1. Verificación del Quórum
  2. Aprobación del Orden del Día
  3. Socialización situación generada con SINTRAUNCOL “Informar sobre los recursos retenidos año 2019 por SINTRAUNICOL PEREIRA con destino FASUT”.
  4. Conclusiones, recomendaciones y acciones
  5. Clausura

ARTICULO 4°.  VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Pereira a los 3 días del mes de Julio de 2019.

DIEGO OSORIO JARAMILLO                                        GLORIA INES MUÑOZ AGUDELO

Presidente                                                                           Secretaria

Original Firmado                                                                 Original Firmado