Número: 8
Descripción:
En aquellas asignaturas que el Consejo de Facultad determine que la asistencia a clases hace parte de la evaluación, la inasistencia a un diez por ciento (10%) de las clases programadas implicará la pérdida de la asignatura y la nota será de reprobada, la que se considerará para los efectos académicos a excepción del promedio semestral.
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha Expedición: 26 de Junio, del 1987
Documento Adjunto: ACS 08 año 1987.pdf