Número: 17
Descripción:
""Artículo 5o.— La Universidad concederá a los graduandos los siguientes estímulos:
1) Se concederá el título de "Estudiantes Distinguido a los alumnos de cada una de las especialidades que obtuvieren un promedio integra de toda la carrera igual o superior a cuatro
punto cero (4.0)".
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha Expedición: 13 de Marzo, del 1968
Documento Adjunto: ACS 17 año 1968.pdf